Conoce si tienes multas de tránsito

Las multas de tránsito son la consecuencia económica por las infracciones que los conductores cometemos por negligencia o por ignorancia.

Según la Ley y Reglamento de Tránsito la autoridad de tránsito debe entregar al conductor la boleta de aviso, requerimiento de pago o citación debe ser entregada al conductor. Sin embargo, hay dos variantes que alteran este orden: que el piloto no esté presente cuando se notifica la infracción y las sanciones a través de dispositivos tecnológicos (EMETRA).

En caso el conductor no esté presente, la autoridad dejará la notificación en un lugar visible del vehículo. De la misma manera, los agentes de EMETRA, a partir del 21 de febrero del 2021, pueden multar tras la verificación y certeza de infracciones por medio de cámaras y otros equipos de electrónicos de registro de imágenes, lectura y reconocimiento de placas de circulación, identificación con precisión de personas, conductores y propietarios de vehículos.

Desacuerdo con la sanción

Además, es importante hacer el recordatorio a la población que los infractores tienen el derecho de manifestar por escrito si existe un desacuerdo con la imposición de la multa. Ya que “lo afirmado en la boleta por el policía de tránsito constituye presunción que admite prueba en contrario de que los hechos imputados son ciertos”.

El escrito debe ser presentado ante el Departamento de Tránsito o ante el Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito (según corresponda) en los próximos cinco días (a partir de la fecha que se cometió la infracción).

La institución deberá dar la respuesta al alegato en un plazo no mayor de treinta días.

Una de las deficiencias de las variantes distintas a la notificación personal, es que las notificaciones las puede retirar cualquier persona o el piloto ni se entera que debe pagar la multa. Por eso es necesario e importante revisar eventualmente si su vehículo tiene alguna remisión.

Para consultar, ingresa aquí

Fuente: Departamento de Tránsito PNC | Municipalidad de Guatemala | Ley y Reglamento de Tránsito | Superintendencia de Administración Tributaria SAT | Acuerdo COM-21-2021

Foto: Ruta Al Atlántico CA-9


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